lunes, 10 de noviembre de 2008

VII PREMIO A LA EXCELENCIA ACADEMICA EN DERECHO

“José León Barandiarán Hart”

Ocho egresados de las Facultades de Derecho y Ciencias Políticas recibieron el Premio a la Excelencia Académica en Derecho “José León Barandiarán” en su séptima versión, que reconoce la dedicación, responsabilidad y la capacidad de la juventud estudiosa universitaria.

Los jóvenes distinguidos son: Sarita Tello Velasco y Karin Ponce Rojas (Universidad Antenor Orrego), Benito Contreras Morales y Rogger Aldana Dominguez (Universidad César Vallejo), Jhosé Mimbela Cuadros y Tatiana Valverde Alvarado (Universidad Nacional de Trujillo); y, finalmente, Nelida Silva Santisteban Ayala y Rufino Rodríguez Roman (Universidad Privada Del Norte). Ellos recibieron placa recordatoria y diploma de honor.

El Premio es otorgado por la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos (Sunarp) desde el año 1992 a quienes hayan obtenido los mejores promedios ponderados en sus respectivas universidades, según la dispone la resolución Nº 232-2008-SUNARP/SN del 13 de agosto del presente año.

El titular de los Registros Públicos en La Libertad, Dr. Benjamín Yep Maeda, indicó que la SUNARP apoya el desarrollo de la juventud estudiosa, motivándola para el servicio público, reconociendo su talento y esfuerzo, promoviendo la igualdad de oportunidades.

Recordó que el Premio a la Excelencia Académica en Derecho nació bajo los fundamentos de la visión de futuro del Sistema del Sistema Nacional de los Registros Públicos: “Ser una organización plenamente eficiente y eficaz, mediante la prestación de una servicio moderno y democrático en su cobertura, que incentive el desarrollo de la actividad económica del país”.

Resaltó que por su naturaleza y la dinámica de la economía social de mercado que impera en nuestro país, los Registros Públicos cumplen un rol importantísimo en el tráfico jurídico de la sociedad, que cada día exige celeridad y seguridad de los operadores del Derecho Registral.

Por su parte, Nélida Silva Santisteban Ayala, primer premio de la Universidad Privada del Norte resaltó el significado del Premio a la Excelencia Académica que otorga la SUNARP y el compromiso de las nuevas generaciones de abogados frente al reto de la seguridad jurídica.

En la ceremonia destacó la presencia del Presidente del Gobierno Regional de La Libertad, Ing. José Murgia Zannier, representantes de las universidades locales y familia de los alumnos premiados. Durante la ceremonia realizada lunes 03 de noviembre, participó el Orfeón de la Universidad Nacional de Trujillo.


VII PREMIO A LA EXCELENCIA ACADEMICA EN DERECHO
“JOSE LEÓN BARANDIARÁN”
(Año Académico 2007)


ZONA REGISTRAL Nº V SEDE TRUJILLO

ALUMNOS PREMIADOS

· UNIVERSIDAD NACIONAL DE TRUJILLO
PRIMER LUGAR : JHOSE ANTTONYO MIMBELA CUADROS

SEGUNDO LUGAR : TATIANA AZUCENA VALVERDE ALVARADO

· UNIVERSIDAD PRIVADA ANTENOR ORREGO
PRIMER LUGAR : SARITA ELSA MILAGROS TELLO VELASCO
SEGUNDO LUGAR : KARIN JULISSA PONCE ROJAS

· UNIVERSIDAD CESAR VALLEJO
PRIMER LUGAR : BENITO ROBERT CONTRERAS MORALES
SEGUNDO LUGAR : ROGGER ALDANA DOMINGUEZ

· UNIVERSIDAD PRIVADA DEL NORTE
PRIMER LUGAR : NELIDA CLAUDINA SILVA SANTISTEBAN AYALA
SEGUNDO LUGAR : RUFINO RODRIGUEZ ROMAN

PROGRAMA DE LA CEREMONIA
Himno Nacional del Perú.
Himno a Trujillo.
Canciones del Orfeón de la Universidad Nacional de Trujillo.
Lectura de la Resolución de la Superintendente Nacional de los Registros Públicos Nº 232-2007-SUNARP/SN del 13 de Agosto de 2008.
Palabras del Dr. Benjamín Yep Maeda, Jefe de la Zona Registral Nº V – Sede Trujillo.
Entrega de Premios: Diplomas de Honor y placas distintivas.
Palabras de Nelida Claudina Silva Santisteban Ayala, en representación de los alumnos premiados.

REGISTROS PUBLICOS 113 AÑOS

Aniversario: El 17 de octubre, en La Libertad se celebran 113 años.
A nivel nacional 14 años de creación de Sunarp.
En el 2008, de enero a setiembre, atendió a 462 mil 702 ciudadanos.
Por: Raúl Rivero Ayllón

La tecnologías de la información y comunicación (TICs) han revolucionado la dinámica de la economía. Por ejemplo, hace 113 años las primeras inscripciones de los asientos en las partidas registrales se hacían a manuscrito en tomos o libros, en donde se consignaba la titularidad jurídica. Ahora, se realiza mediante control automatizado de todas las etapas del procedimiento registral, desde la presentación por el diario (Caja) hasta la inscripción del título en la partida correspondiente.

De esta manera, en la ciudad de “Trujillo del Perú”, cuando la Honorable Junta de Vigilancia de los Registros Públicos del 12 de octubre de 1895 acordaba establecer el Registro Personal, correspondiente al Departamento La Libertad del Distrito de Propiedad de Trujillo, no se imaginó la trascendencia de su decisión: Su impacto –ciento trece años después- en lo que ahora conocemos como “economía social de mercado”, caracterizada por la libre decisión de los agentes económicos para efectuar transacciones con oportuna celeridad y garantías jurídicas respectivas.

Ahora, en el siglo XXI, todo Estado moderno consagra el principio constitucional de seguridad jurídica. El tráfico inmobiliario exige dotar al ordenamiento jurídico de los mecanismos que permitan a los ciudadanos adoptar sus decisiones en un marco de juridicidad plena, respondiendo a sus exigencias de celeridad y eficiencia.

Inseguridad del tráfico económico:

El Registro Público, como instrumento dinamizador del tráfico económico, debe otorgar máxima protección a los titulares registrales y a los terceros. Dicha protección implica declarar que los derechos inscritos constituyen la verdad oficial de las titularidades publicadas. Sin embargo, la protección plena no debe confundirse con una protección ilimitada, pues el sistema Registral no puede amparar la mala fe ni el dolo.

Al respecto, se ha detectado que los estafadores apelan a diferencia argucias para cometer delitos para apropiarse de los predios ajenos. Una modalidad es la “venta sucesiva”, mediante la cual un propietario con titulo inscrito en los Registros Públicos vende su casa a otra persona, mediante escritura pública. Sin embargo, la compradora confiando en la buena fe del vendedor (o por negligencia) no inscribe la compraventa en los Registros Públicos, con lo cual se convertiría en el nuevo titular del predio.

De esta situación se aprovecha el vendedor para realizar otra transacción con otra persona y ésta a su vez lo vuelve a vender. De tal manera, que el primer comprador perdió legalmente el predio. En estos casos, la justicia caerá sobre el vendedor por estafa, por vender un bien ajeno, pero el primer comprador no podrá recuperar la casa. Quedará legítimamente como propietario quien compró e inmediatamente lo inscribió en SUNARP.

En consecuencia, es muy importante inscribir en la Sunarp el derecho de propiedad de los predios. En el Perú el Registro Público no es obligatorio ni constitutivo; sin embargo, se recomienda que se inscriba la compra venta, como única garantía y evitar ventas sucesivas. Como se aprecia las minutas o contratos, por si solos no son suficientes. Al igual, las escrituras públicas y si no son inscritas en la Sunarp no surtirá sus efectos legales para evitar las ventas sucesivas fraudulentas.

Otra modalidad delictiva es “Tercero de buena fe”, que se ampara ilegítimamente en el Código Civil: “El tercero que de buena fe la adquiere a título oneroso algún derecho de persona que en el registro aparece con facultades para otorgarlo, mantiene su adquisición una vez inscrito su derecho…”. De acuerdo a la norma indicada la ley protege al tercero que adquiere el bien y lo registra, por más que tras un juicio se demuestre que la propiedad fue vendida irregularmente. La ley supone que el comprador desconocía los hechos. Este principio que inicialmente fue un elemento de seguridad jurídica ahora se ha constituido una “arma de doble filo”, porque en algunos casos se demuestra que el llamado “tercero registral” es en realidad el segundo en la cadena de embaucadores”. Al respecto, la Sunarp está analizando esta problemática para elaborar un proyecto de norma para que el bien se restituya si se comprueba que el “tercero de buena fe”, en realidad era parte de la banda de delincuentes estafadores.

Los delincuentes usan minutas, escrituras, documentos judiciales y administrativos falsos e intentan registrar el fraude en la Sunarp. En la mayoría de las veces esto es frenado a tiempo: el Registrador Público coteja las firmas y sellos de los notarios; no ocurre lo mismo con las legalizaciones de hechas por los cónsules en el extranjero o documentos judiciales. A pesar que los notarios realizan una serie de verificaciones para constatar la identidad de la persona, la suplantación y falsificación de títulos de propiedad (contrato de transferencia, compraventa hipoteca, etc.), sigue siendo un alto riesgo: los documentos parecen ser “auténticos”.

Lucha contra los estafadores

La nueva Ley del Notariado (D.L. Nº 1049, El Peruano, 26.06.08) señala que la presentación de partes notariales al Registro de Predios, de Mandatos y Poderes en las oficinas registrales, “…deberá ser efectuada por el notario ante quien se otorgó el instrumento o por sus dependientes acreditados…”.

A solicitud y bajo responsabilidad única de los otorgantes de un derecho, mandato o poder, los partes notariales podrán ser tramitados por persona distinta al notario o sus dependientes. En este caso, el notario debe consignar en el parte notarial el nombre completo y número DNI de la persona que se encargará de la presentación de dicho parte. Ningún trabajador de las Oficinas Registrales de Sunarp admitirá, bajo responsabilidad (administrativa, civil o penal), la presentación de testimonio y títulos registrales que no con cumplan con este requisito.

“Alerta Registral” es otra acción de Sunarp que permite a los ciudadanos titulares de derechos inscritos sobre predios, ser advertidos oportunamente de la existencia de expedientes en trámite que puedan afectar sus derechos. De esta manera se pretende combatir la eventual existencia de títulos de origen fraudulento (Resolución Nº 185-2008-SUNARP/SN, El Peruano, 04.07.08).

Al respecto, el titular de los Registros Públicos liberteños, Dr. Benjamín Yep Maeda, explica que es política de la SUNARP garantizar la Seguridad Jurídica y, en esa línea, ha implementado mecanismos para neutralizar y combatir acciones de falsificadores, quienes utilizan diversas modalidades para sorprender a Notarios y Registradores Públicos con el objeto de hacer ingresar al registro documentos falsos o basados en la suplantación de propietarios inscritos.

Alcances de alerta registral

El procedimiento de detección de coincidencias y de notificación electrónica a los titulares registrales que hayan solicitado al servicio se realizará de manera automática, produciéndose las notificaciones en respuesta a la detección realizada por el sistema, gracias al bloqueo automático de las partidas registrales. La notificación contendrá la determinación de la partida registral sujeta al monitoreo, indicación del título, fecha y hora de presentación que la afecta.

Como se dice: “La guerra está declarada”. Alerta Registral sobre Predios (servicio gratuito que otorga la Sunarp) está cumplimiento con su función. Corresponde a los titulares de los derechos sobre los predios, asumir su propia responsabilidad: deben inscribirse, estar atentos a cualquier mensaje de Alerta Registral (vía correo electrónico) y actuar inmediatamente en defensa de sus propios derechos.

Aniversario

Dentro la coyuntura indicada, en La Libertad se celebran 113 años de iniciado las primera inscripción registral; y, a nivel nacional, 14 años desde la creación de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos (16 de octubre de 1974).

PONGASE ALERTA:

1. En las Oficinas Registrales de la Sunarp, registre toda compra, transferencia, hipoteca u otro acto realizado en su propiedad.

2. Si el documento que acredita la transacción es una escritura pública, deberá ser presentada a Sunarp preferentemente por el mismo notario y no por los compradores, para evitar intermediarios que podrías ser estafadores.

3. Gratis, inscríbase en el servicio de Alerta Registral de la Sunarp. Este sistema le avisará mediante un correo electrónico cualquier intento de modificación registral de su propiedad (solicitudes de transferencia, compraventa, etc.). Ingrese a http://www.sunarp.gob.pe/ y luego al icono Alerta Registral, consigne sus datos personales y el número de su propiedad (Partida Electrónica: aparece en el documento que la Sunarp le entregó cuando inscribió el bien). El sistema le enviará un correo para confirmar la activación.

4. Revise –en forma diaria- su correo electrónico. En caso de llegarle un mensaje informándole que un tercero, sin su conocimiento, ha presentado un solicitud para alterar su propiedad, acuda a la Sunarp, para bloquear la inscripción fraudulenta. No pierda tiempo valioso porque se concretaría la estafa. Lo urgente es frenar el intento de modificación de la partida electrónica.

5. Denuncie el hecho ante las autoridades pertinentes: Policía Nacional, Ministerio Público, Alta Dirección de Sunarp, Poder Judicial. Si el bloqueo se realiza a tiempo, la estafa no se concretará.

6. Si tiene un predio deshabitado visítelo en forma periódica. En el terreno o lote construya un cerco. Coloque con letras grandes “ESTE TERRENO NO ESTA EN VENTA”. Procure estar al día en el pago de los tributos.

7. En cualquiera de las siguientes Oficinas Registrales consulte sobre el estado jurídico de sus predios: Trujillo, San Pedro de Lloc, Chepén, Otuzco, Sánchez Carrión, Santiago de Chuco, Gran Chimú (Cascas), Chocope y Virú. Próximamente en los distritos de El Porvenir, Florencia de Mora y La Esperanza.